Unidad de Apoyo FEGA · Jan 03, 2024 at 10:43

Buenos días,

Según el Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control, en su Subsección 4.ª Disposiciones específicas para los Ecorregímenes de Agricultura de carbono: cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos Artículo 38.3: A los efectos de la presente subsección, se entenderá por cultivo leñoso aquel cultivo recogido en el anexo XVII.

A continuación le adjunto las tablas donde NO viene el lavandín por tanto es un cultivo que en concreto a este ecorregimen no se podría acoger.

Le adjunto el enlace a la página del Fega en el apartado de ecorregimenes por si quiere consultar normativa, preguntas frecuentes y más información interesante al respecto de los ecorregimenes.

https://www.fega.gob.es/es/pepac-2023-2027/ayudas-directas/ecorregimenes


Un saludo.