Técnicos PAC FEGA · Oct 01, 2015 at 04:44
Estos casos no suelen estar cubiertos por un contrato de arrendamiento propiamente dicho, con arreglo a la Ley de Arrendamientos Rústicos, sino que suelen ser acuerdos verbales o, en el mejor de los casos, contratos privados.
Para poder recibir derechos en 2015, el agricultor debe ser activo y demostrar que ejerce la titularidad de la explotación. En el supuesto indicado el agricultor no ejerce esta titularidad y por lo tanto no se le puede considerar como agricultor activo.
Como opción, puede retomar la actividad de su explotación en esta campaña y generar así ingresos para cumplir la condición de agricultor activo a partir de la misma. En este caso, la actividad deber ser reanudada a todos los efectos, en particular, haciéndose directamente responsable del riesgo empresarial derivado de la actividad agrícola o ganadera de su explotación y declarada en su solicitud.