Técnicos PAC FEGA · Oct 01, 2015 at 04:47
Si con la solicitud de 2013 no cobró ningún tipo de ayuda directa (pago único o ayudas acopladas), no cumple uno de los tres requisitos para recibir derechos en 2015 indicados en la pregunta 1 y, por tanto, no podrá recibir una asignación de derechos de pago básico.
Ya en la actual campaña 2015, usted puede arrendar o comprar una explotación en que cumpla todos los requisitos para recibir derechos de pago básico en 2015, firmando las clausulas correspondientes, cesión en la que le traspasarán el valor que se vaya a asignar en esas tierras y el cupo de superficies correspondiente. En este caso, es fundamental que firmen la cláusula del artículo 24.8 para que le cedan “la llave de entrada” al nuevo sistema de pago básico.
Otra opción es, ya a partir de 2015, adquirir derechos de pago básico a alguien que los tenga, debiendo, además, cumplir la condición de agricultor activo.