Aprobadas las extensiones de norma del vacuno de carne y el sector lácteo

El Boletín Oficial del Estado de hoy, 26 de diciembre, publica las extensiones de norma tanto del vacuno de carne como del sector lácteo.

Fecha: 27-Dec-2018

La Organización Interprofesional Láctea, INLAC, ha propuesto la extensión de norma al conjunto del sector, con aportación económica obligatoria para realizar actividades de comunicación y promoción de la leche y los productos lácteos, fomentar la transparencia en la cadena láctea, contribuir a la vertebración sectorial e impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica en el sector lácteo, durante un período de cuatro años.

Se aprueba la extensión de norma y la aportación económica obligatoria durante cuatro años naturales en el período comprendido desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2022.

La aportación económica obligatoria total, para cada año, comprenderá dos cuotas paritarias, para cada una de las ramas profesionales, denominadas «cuota de producción» y «cuota de elaboración», igual para los tres tipos de leche de vacuno, ovino y caprino.

VACUNO DE CARNE

La Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno, PROVACUNO, ha propuesto la extensión de norma al conjunto del sector, con aportación económica obligatoria, para realizar actividades de comunicación y promoción en los mercados interior y exterior, proyectos de investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios, así como acciones orientadas al mejor conocimiento del sector y la unión de la cadena de la carne de vacuno durante un período de tres años.

Se aprueba la extensión de norma y la aportación económica obligatoria con vigencia durante el período comprendido desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2021. 

Por lo que se refiere a la aportación económica, se establece una cuota de producción de 0,50 euros por cada animal bovino vivo entregado en matadero para su sacrificio. Será pagada por los productores, entradores, intermediarios u operadores comerciales de ganado bovino que entreguen animales bovinos vivos para su sacrificio en un matadero del territorio nacional.

Mientras que se establece una cuota de transformación/comercialización de 0,50 euros por cada animal bovino sacrificado en un matadero del territorio español. La cuota de transformación/comercialización será pagada por los mataderos comercializadores, mataderos mixtos, o cualquier otro tipo de operador que comercialice la carne de los animales bovinos sacrificados en mataderos en el territorio español.