Autorizado el uso de Dicloropropeno para desinfectar suelo y Spinetoram contra trips

La autorización de estos fitosanitarios se realiza hasta que tenga lugar su inclusión definitiva en los respectivos Reglamentos Específicos de Producción Integrada de hortícolas de invernadero como tomate, calabacín, pepino, pimiento, berenjena, melón y sandía, además de los de patata, fresa, frambuesa, mora y arándano.

Fecha: 08-Apr-2020

Fuente: Horto info

La Red de Alerta e Información Fitosanitaria (RAIF) de la Junta de Andalucía ha informado sobre una resolución de la Dirección General de la Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), por la que se han autorizado provisionalmente en Producción Integrada (PI) los formulados a base de 1,3 Dicloropropeno para su uso en desinfección de suelos previo al trasplante o plantación, dentro de la estrategia de Control Integrado de los Reglamentos Específicos de Producción Integrada, además de la sustancia activa Spinetoram 2,5% para el control integrado de Drosophila, lepidópteros y trips.

Dicloropropeno

La autorización de formulados a base de 1,3 Dicloropropeno se realiza dentro de la estrategia de control integrado del Reglamento Específico de Producción Integrada para los siguientes cultivos:

En cultivo de tomate en invernadero, en dos periodos:

Primer periodo: desde 16 de enero a 28 de febrero de 2020.

Segundo periodo: desde 1 de junio a 15 de agosto de 2020.

Para los cultivos de calabacín y pepino, en tres periodos:

Primer periodo: desde 15 de enero a 15 de febrero de 2020.

Segundo periodo: desde 1 de junio a 31 de julio de 2020.

Tercer periodo: desde 1 de diciembre a 27 de diciembre de 2020.

Para los cultivos de pimiento y berenjena, en un único periodo desde 16 de febrero a 14 de junio de 2020.

Para los cultivos de melón y sandía, en dos periodos:

Primer periodo: desde 17 de enero a 15 de abril de 2020.

Segundo periodo: desde 1 de diciembre a 30 de diciembre de 2020.

En patata: para el periodo desde 1 de julio a 30 de septiembre de 2020.

Para fresa, en cinco periodos:

Primer periodo: desde 1 al 25 de abril de 2020.

Segundo periodo: desde 1 al 25 de mayo de 2020.

Tercer periodo: desde 1 al 30 de julio de 2020.

Cuarto periodo: desde 1 al 30 de agosto de 2020.

Quinto periodo: desde 1 al 10 de septiembre de 2020.

En frambuesa y mora, en nueve periodos:

Primer periodo: desde 1 al 20 de marzo de 2020.

Segundo periodo: desde 1 al 15 de abril de 2020.

Tercer periodo: desde 1 al 15 de mayo de 2020.

Cuarto periodo: desde 1 al 19 de junio de 2020.

Quinto periodo: desde 5 al 15 de julio de 2020.

Sexto periodo: desde 1 al 10 de agosto de 2020.

Séptimo periodo: desde 1 al 10 de septiembre de 2020.

Octavo periodo: desde 20 al 31 de octubre de 2020.

Noveno periodo: desde 1 al 8 de noviembre de 2020.

Spinetoram 2,5%

En cuanto a la utilización de la sustancia activa Spinetoram 2,5%, se autoriza para el control integrado de Drosophila, lepidópteros y trips, dentro de la estrategia de Control Integrado de los Reglamentos Específicos de Producción Integrada de:

Arándano (para Drosophila suzukii).

Frambuesa (para Drosophila suzukii).

Fresa (para Drosophila suzukii, lepidópteros y trips).

Para el uso de productos fitosanitarios en cultivos protegidos, la hoja de registro del producto deberá recoger expresamente la autorización para su utilización sobre este sistema de cultivo.

En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en las correspondientes hojas de Registro y en el anexo de la Resolución de autorización excepcional del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 31 de marzo de 2020, para el caso del 1,3 Dicloropropeno.