Un producto vendido con la misma marca y etiqueta debe tener la misma composición en toda la Unión Europea

El Parlamento Europeo asegura que si una empresa vende un producto en toda la Unión Europea pero con composiciones que difieren entre países, no debe etiquetarlo y marcarlo de una manera aparentemente idéntica, ya que esto puede inducir a error a los consumidores.

Fecha: 18-Sep-2018

Fuente: Financial Food

Diferentes encuestas realizadas en varios estados miembros de la UE, principalmente en Europa Central y Oriental, han demostrado que los productos anunciados y vendidos bajo la misma marca y envases aparentemente idénticos difieren en composición e ingredientes, en detrimento de los consumidores.

Tales diferencias se encontraron no solo en los alimentos, como los palitos de pescado, la sopa instantánea, el café y los refrescos, sino también en productos no alimentarios como los detergentes, cosméticos, artículos de baño y productos destinados a bebés.

“Las preferencias del consumidor no deben utilizarse como excusa para bajar la calidad u ofrecer diferentes calidades en diferentes mercados”, dice el Parlamento, reiterando que los operadores comerciales pueden comercializar y vender productos con diferente composición y características en toda la UE solo cuando esté justificado por “factores legítimos” y en pleno cumplimiento de las leyes de la UE.

Por ello, los eurodiputados invitan a los fabricantes a considerar incluir un logotipo en el envase que demuestre que el contenido y la calidad de la misma marca es el mismo en todos los países de la UE.

En este sentido, la ponente Olga Sehnalová (S & D, CZ) asegura que “los consumidores en diferentes países se quejan de que no disfrutan de acceso al mismo nivel de calidad cuando compran productos de la misma marca. Los productos de doble calidad socavan la confianza de los ciudadanos en el buen funcionamiento del mercado interior de la UE y, por lo tanto, requieren una solución a nivel de la UE. Si el producto, independientemente de si se trata de un alimento, bebida, cosméticos o detergente bien conocido, difiere aunque parezca idéntico al del consumidor, esto debería considerarse una práctica comercial desleal. No puede haber productos ni consumidores de segunda clase en la UE”.

Las recomendaciones incluidas en la resolución no legislativa redactada por Sehnalová fueron aprobadas por 464 votos a favor, 69 en contra y 17 abstenciones. Se espera que la nueva propuesta legislativa que modifica la Directiva sobre prácticas comerciales desleales se someta a votación en el Comité de Mercado Interior y Protección del Consumidor en noviembre.