Unidad de Apoyo FEGA · Jan 21, 2016 at 04:02
En contestación a su consulta adjunta le indicamos que la identificación de los códigos de derechos provisionales de pago básico se realiza en orden ascendente por titular. De esta forma, para un mismo titular los derechos están ordenados de forma ascendente y son correlativos, sin intervalos.
Entendemos que los “rangos- intervalos” a los que usted hace referencia en su pregunta, es la forma en la que la comunidad autónoma a la que usted pertenece, ha considerado más práctica a la hora de comunicarle los derechos de pago básico provisionales que se le han asignado. Por ello, dependiendo de cómo le muestren el resto de información, el intervalo de códigos de derechos puede tener distintos significados: el mismo importe unitario, la misma región, el mismo origen (compraventa, arrendamiento, asignación inicial…) etc...
Para poderle ofrecer una respuesta más concreta, le sugerimos que se dirija a la autoridad competente de su Comunidad Autónoma.