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Sep 25, 2020 at 05:00

El consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Joaquín Olona, ha dado cuenta del cumplimiento del Acuerdo de Aragón sobre la reforma de la PAC y de los importantes logros y avances logrados. “La previsible supresión de los derechos históricos, la reducción de las diferencias regionales en los pagos por hectárea y la apuesta por el apoyo directo a la renta de los profesionales, son los aspectos más destacados en los que ha influido Aragón en la negociación”, ha manifestado Olona.

Jul 06, 2020 at 00:09

Alemania ha asumido la presidencia del Consejo de la UE hasta el 31 de diciembre y entre sus objetivos, en el ámbito agroalimentario, está alcanzar un acuerdo entre los Estados Miembros sobre la reforma de la PAC. Alemania es el primer mercado para el sector de frutas y hortalizas español, representando casi un tercio del total de la exportación y con tendencia al alza.

Alemania
Aug 21, 2019 at 04:53
AUG
23

  Viernes 23 de agosto, Barbastro

 Salón de actos de l FERMA

 

  19.00 h. REFORMA DE LA PAC 2020 NOVEDADES CAMPAÑA SIEMBRE 

Salón de Actos de la FERMA, Barbastro Huesca
Nov 08, 2017 at 05:43

Esta misma semana, desde la Unión de Uniones se hacían eco del Informe elaborado por el Instituto Jacques Delors y supervisado por el Departamento para Políticas Estructurales y de Cohesión del Parlamento Europeo sobre el impacto del Brexit en la PAC y donde se dejaba claro que dicho impacto será importante y que deben buscarse fórmulas para que no lo sufran los agricultores y ganaderos. Un informe que la Comisión de Agricultura del Parlamento Europeo deberá analizar este 9 de noviembre y del que ahora se han conocido nuevos datos, como que se prevé que la reforma de la PAC podría retrasarse hasta 2022 ó 2023, para que entrara oficialmente en vigor dos años después.

Jul 03, 2017 at 02:25

La propuesta de Aragón pretende que las ayudas de la PAC lleguen a todos los agricultores y no dependan de derechos históricos que perjudican a los jóvenes y los emprendedores.

El contenido de la jornada abordará las propuestas de reforma de la PAC 2015-2020 en materia de agricultura y desarrollo rural, especialmente en:

- Nuevo sistema de derechos

- Agricultor activo, actividad agraria, admisibilidad de superficies

- Nueva comarcalización

- Derechos de pago: asignación, transferencias, Reserva nacional

- Regímenes de pagos:

- Pago base

- Pago verde

- Pagos asociados

- Regímenes específicos (jóvenes y pequeños productores)

- Condicionalidad de las ayudas PAC

- Medidas de instrumentos de gestión de mercados

-Propuestas en desarrollo rural.

-Medidas agroambientales

- Organizaciones de productores y cooperativas.

- Repercusión en las cooperativas y explotaciones agrícolas

crta Madrid-Irún, km 203, Villalmanzo, 09390, Burgos
Apr 28, 2015 at 01:58
APR
29

BANKIA | Jornada Agropecuaria.

Ponentes:

Por D. Antonio Soldevilla Lechón. Jefe de Servicio Junta Castilla y León Gestión de Derechos de Pago y Asesoramiento a Explotaciones Por D. Juan Luis Muñoz Sanz. Jefe de Servicio Junta Castilla y León Ayudas Ganaderas.

Más que una conferencia, tendrá un formato muy abierto en el que se responderán directamente preguntas de los asistentes.

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C/ del Carmen, Segovia

Ninguna reforma de la PAC se ha planteado en un escenario tan complejo como el actual; un contexto de crisis económica sin precedentes, una UE ampliada a 27 Estados miembros extraordinariamente heterogéneos (tanto en lo político como en lo económico), una ausencia de liderazgo claro en la UE, y en particular en la Comisión, la instauración del procedimiento de codecisión del Parlamento Europeo y, por si esto fuera poco, o tal vez como consecuencia de lo anterior, una propuesta del comisario Ciolos rompedora, redactada con la pretensión de redistribuir las ayudas de la PAC entre Estados miembros y entre productores e introducir unas exigencias medioambientales (greening) con el fin de encontrar el respaldo de la sociedad que no encontró en...

Sep 30, 2013 at 15:00

La comisión de Agricultura del Parlamento Europeo (PE) votó ayer a favor de los cuatro textos legislativos de la reforma de la Política Agrícola Común (PAC), ya consensuados con los Estados miembros y la Comisión Europea (CE), y una vez acordados los aspectos relacionados con el presupuesto.

Jul 30, 2013 at 15:00

El pasado 26 de junio de 2013, la Comisión Europea, el Consejo y el Parlamento Europeo alcanzaron el Acuerdo sobre la Reforma de la PAC Horizonte 2020, que en lo que se refiere al capítulo de ayudas directas no comenzará a aplicarse hasta el año 2015.  Respecto a la propuesta inicial de la Comisión Europea, el acuerdo final introduce una amplia flexibilidad para los EE.MM a la hora de la aplicación práctica de la Reforma, desnaturalizando el principio de “tasa plana” que tanta alarma causó en España.  A pesar de ello, no debemos olvidar que los conceptos territorial, medio ambiental, de austeridad y desregulador en los que el Comisario Ciolos basó su propuesta, permanecen en el acuerdo final.   En...

May 27, 2013 at 15:00

La propuesta legislativa de la Comisión Europea para la Reforma de la PAC Horizonte 2020, contiene como elemento esencial en el capítulo de ayudas directas, el establecimiento de un nuevo sistema denominado Régimen de Pago Básico (RPB).  El RPB tiene dos diferencias esenciales con respecto al actual Régimen de Pago Único (RPU) basado en referencias históricas que se está aplicando en España, en primer lugar, el establecimiento de derechos de pago uniformes en el seno de una región o Estado Miembro y, en segundo lugar, un nuevo reparto de los derechos, abandonando las referencias históricas. 

Esta propuesta inicial se ha debatido por parte del Parlamento Europeo y del Consejo, adoptando en ambos casos enmiendas que flexibilizan su aplicación, en el...

Oct 25, 2012 at 15:00

Desde la Reforma de la PAC de 1992, la UE ha estado reduciendo su apoyo a los precios agrícolas y los pagos directos ligados a la producción. De tal forma que los precios internos europeos convergen progresivamente con los precios mundiales de las materias primas agrícolas.  Asimismo la ayuda interna notificada por la UE a la Organización Mundial del Comercio (OMC) se ha reducido también considerablemente: en la campaña 2007, la UE ha notificado una Medida Global de Ayuda Total Corriente (MGA) de 12.354 millones €, cuando el límite comprometido es de 72.244 millones €.

Se puede observar en el gráfico anterior cómo la UE, a partir de 2004 con la puesta en marcha de la Reforma Intermedia de la...

Oct 01, 2015 at 07:42

Respecto a la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional 2015, y en particular la realizada por los agricultores que no hayan tenido acceso a la primera asignación de derechos de pago básico en 2015, por no presentación de la SU 2015, por causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, descritas en el artículo 24.5.c del Real Decreto 1076/2014, en el momento de preparar los impresos de solicitud y el procedimiento de tramitación correspondientes a estas solicitudes se detectan cuestiones que no han sido aclaradas y que nos impiden la adecuada gestión de las mismas.

La no presentación de la SU 2015, por causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, se encuentra regulada en el artículo 24.5.c del Real Decreto 1076/2014: 

"Los agricultores que por fuerza mayor o circunstancias excepcionales no cumplan con el artículo 10.1 a), por no haber presentado su solicitud única en 2015 y soliciten, posteriormente, derechos de pago básico con cargo a la reserva nacional….. el beneficiario afectado o su derechohabiente deberá notificar por escrito a la comunidad autónoma competente la alegación por causa de fuerza mayor o circunstancias excepcional que le impidió presentar la solicitud citada en el plazo reglamentario, adjuntando las pruebas pertinentes a satisfacción de dicha autoridad, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que el beneficiario o su derechohabiente esté en condiciones de hacerlo......"

y en la Circular de Coordinación del FEGA para la asignación de derechos de pago básico, apartado 2.5.1.c y 2.5.2, se trata esta opción de acceso a la reserva nacional. 

La Circular, en el apartado 2.5.1, cita:

"Para los casos b) y c) que se citan a continuación, serán causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales las establecidas en el artículo 17 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agraria Común".

“c) Agricultores que no presentaron solicitud en 2015 y que soliciten posteriormente derechos de pago básico de la reserva nacional.”

Entre las verificaciones a realizar, para este caso, determina:

“Para el caso c), que el beneficiario ha presentado, en los quince días hábiles siguientes a la fecha en la que esté en condiciones de hacerlo, la documentación que justifique la imposibilidad de haber presentado la solicitud en plazo, de conformidad con el anexo V del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agraria Común. En este caso, las solicitudes presentadas antes del 1 de febrero de 2016 recibirán asignación de la Reserva Nacional 2015 y las presentadas a partir de esa fecha de la Reserva Nacional 2016.”

En relación con el método de cálculo para este caso, la Circular, en el apartado 2.5.2, recoge:

“El método de cálculo..... será el mismo que el utilizado para calcular la asignación inicial..... si no se hubiese producido la causa de fuerza mayor”

“En el caso c), agricultores que no presentaron solicitud en 2015 y que soliciten posteriormente derechos de pago básico de la reserva nacional, se tendrá en cuenta para el establecimiento del número de derechos, las hectáreas admisibles determinadas que posea en la fecha límite de presentación de su solicitud de asignación de la reserva nacional 2015, ajustadas a su cupo de superficies 2013”.

En base a todo lo anterior, en la tramitación de las solicitudes de asignación a la reserva nacional 2015 por la opción de causa de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, por no presentación de la SU 2015, surgen las siguientes consultas: 

1.- Se debe partir del requisito de No presentación de la SU en plazo (antes del 10 de julio), incluidos los 25 días naturales siguientes a la finalización del mismo, ya que si se hubiese presentado la SU en plazo, el interesado recibiría asignación, no siendo necesaria la solicitud a la reserva nacional.

2.- Se estima que deben presentar SU, aunque sea fuera de plazo, con objeto de:  

- que la superficie que declaren en la SU, pase los controles administrativos y de admisibilidad, para poder considerar la superficie admisible determinada y cumplir lo recogido en la circular en el método de cálculo.

Si no fuera así, se tendrían que asignar los derechos con la superficie declarada en la solicitud de reserva nacional, ajustada al cupo de superficie 2013.

- que soliciten la admisión al régimen de pago básico.

3.- Las causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales que justifican la presentación de la solicitud de reserva nacional, serán las establecidas en el artículo 17 del Real Decreto 1076/2014. Entre las causas de fuerza mayor, establecida en el artículo 17, apartado i, no se incluye la relativa a los problemas en la tramitación de la SU en la campaña 2015:

“Problemas en la tramitación de la solicitud de ayuda de las campañas 2013 ó 2014 que no sean responsabilidad del agricultor y que hayan dado lugar a la no presentación de dicha solicitud....”    

En este caso de fuerza mayor no se contempla la posibilidad de no presentar la SU en 2015 por problemas en la tramitación. Por tanto, parece que estos casos quedan excluidos de la asignación de reserva nacional en 2015 por no presentación de la SU 2015 o se puede tratar de un error, al no quedar contemplada esta situación en el Real Decreto 1076/2014.

4,- Respecto al plazo de presentación de la SU, regulado en el artículo 95, apartado 2 y 3 del Real Decreto 1075/2014:

“....se admitirán solicitudes de ayuda hasta 25 días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo establecido, en cuyo caso y a excepción de los casos de fuerza mayor y circunstancias excepcionales, los importes se reducirán un 1 por ciento por cada día hábil en que se sobrepase dicha fecha.….Si el retraso es superior a 25 días naturales, la solicitud se considerará inadmisible”

De la redacción del apartado 3 de este artículo, parece que la excepción de la no presentación de la SU por causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, se limita a la no aplicación de las reducciones dentro de los 25 días naturales siguientes a la finalización del plazo, ya que el párrafo termina con la frase “Si el retraso es superior a 25 días naturales, la solicitud se considerará inadmisible” y no contempla la causa de fuerza mayor superado los 25 días de prórroga.

¿Debemos entender que los agricultores que no han presentado en plazo la SU 2015, no obtendrán pagos en 2015?

Si esto es así, no parece que sea necesario asignar DPB a los agricultores que presenten las solicitudes de reserva nacional antes de 1 de febrero con cargo a la reserva nacional 2015, ya que no podrán cobrar importes de ayuda 2015, ni dar por utilizados los derechos que se asignen en esta campaña. 

Oct 01, 2015 at 07:32

Además de los años que se van a contemplar para los titulares que se inician en 2015, la duda se plantea también, con los jóvenes que recibieron DPU por RN con Plan de primera instalación en 2012, con finalización en 2013, por ejemplo, y es acerca de si pueden o no pedir de nuevo en 2015 por nuevas unidades productivas.

Oct 01, 2015 at 07:30

Joven por fases. Este supuesto es para jóvenes que presentan un Plan de Primera Instalación aprobado con sectores incorporados al régimen, y disponen de varios años para poder completarse. ¿Cuantos años se van a considerar?

> Los contemplados en el plan de primera instalación

> 5 años desde que empieza a cotizar la S.S.Agraria.      

Oct 01, 2015 at 07:26

 ¿Es incompatible ser o haber sido titular de un plan de primera instalación para poder solicitar a la RN como titular de una explotación prioritaria?  

Oct 01, 2015 at 07:25

Un joven tiene un Plan aprobado de Primera Instalación para invernaderos y hortícolas, con fecha de finalización 2012, motivo por el que no se le concedieron derechos de pago único de la RN en su momento. Para 2015 presenta además de estas has. aprobadas en el plan, otras nuevas de cereal. Cumple con las condiciones de explotación prioritaria. ¿Podría solicitar a la RN 15 como joven titular de explotación prioritaria sin tener en cuenta que en su momento tuvo un plan con sectores no incorporados ni al Régimen de Pago Único ni al Básico?

Este joven tiene actividad agraria desde el 2011. Su inicio de actividad es inferior a 5 años y la duda es si el haber tenido un plan de primera instalación anterior es incompatible con la solicitud de DPB a la RN2015.

Oct 01, 2015 at 07:23

¿Podría solicitar a la RN15 como Joven alguien que comienza a cotizar la SS Agraria en:

> Marzo de 2010

> Octubre de 2010?

Se trata de definir si la incorporación a lo largo de 2010 a la SS Agraria se considera como que la incorporación se ha realizado en los 5 años anteriores a la SU2015. RD1076/2014, art 24 punto 3 3º. 

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